Gesetzblatt der Deutschen Demokratischen Republik Teil ⅠⅠ 1974, Seite 101

Gesetzblatt (GBl.) der Deutschen Demokratischen Republik (DDR) Teil ⅠⅠ 1974, Seite 101 (GBl. DDR ⅠⅠ 1974, S. 101); Gesetzblatt Teil II Nr. 6 Ausgabetag: 26. Februar 1974 101 2. Cada Estado Parte en el presente Pacto podrä proponer hasta dos personas. Estas personas serän nacionales del Estado que las proponga. 3. La misma persona podrä ser propuesta mäs de una vez. Articulo 30 1. La election initial se celebrarä a mäs tardar seis meses despues de la fecha de entrada en vigor del presente Pacto. 2. Por lo menos cuatro meses antes de la fecha de la elecciön del Comite, siempre que no se träte de una election para llenar una vacante declarada de conformidad con el articulo 34, el Secretario General de las Naciones Unidas invitarä por escrito a los Estados Partes en el presente Pacto a presen-tar sus candidatos para el Comite en el termino de tres meses. 3. El Secretario General de las Naciones Unidas prepararä una lista por orden alfabetico de los candidatos que hubieren sido presentados, con indicaciön de los Estados Partes que los hubieren designado, y la comunicarä a los Estados Partes en el presente Pacto a mäs tardar un mes antes de! la fecha de cada elecciön. 4. La elecciön de los tniembros del Comite se celebrarä en una reunion de los Estados Partes convocada por el Secretario General de las Naciones Unidas en la Sede de la Organization. En esa reuniön, para la cual el quorum estarä con-stituido por dos tercios de los Estados Partes, cjuedarän ele-gidos miembros del Comite los candidatos que obtengan el mayor nümerö de votos y la mayoria absoluta de los votos de los representantes de los Estados Partes presentes y votan-tes. Articulo 31 1. El Comitä no podrä comprender mäs de un national de un mismo Estado. 2. En la elecciön del Comite se tendrä en cuenta una distribution geogräfica equitativa de los miembros y la representation de las diferentes formas de civilizaciön y de los prin-cipales sistemas jurfdicos. Articulo 32 1. Los miembros del Comite se elegirän por cuatro anos. Podrän ser reelegidos si se presenta de nuevo su candidatura. Sin embargo, los mandatos de nueve de los miembros elegidos en la primera elecciön expirarän al cabo de dos anos. Inme-diatamente despues de la primera elecciön, el Presidente de la reuniön mencionada en el pärrafo 4 del articulo 30 designarä por sorteo los nombres de estos nueve miembros. 2. Las elecciones que se celebren al expirar el mandato se harän con arreglo a los articulos precedentes de esta parte del presente Pacto. Articulo 33 1. Si los demäs miembros estiman por unanimidad que un miembro del Comite ha dejado de desempenar sus funciones por otra causa que la de ausencia temporal, el Presidente del Comite notificarä este hecho al Secretario General de las Naciones Unidas, quien declararä vacante el puesto de dicho miembro. 2. En caso de muerte o renuncia de un miembro del Comite, el Presidente lo notificarä inmediatamente al Secretario General de las Naciones Unidas, quien declararä vacante el puesto desde la fecha del fallecimiento o desde la fecha en que sea efectiva la renuncia. Articulo 34 1. Si se declara una vacante de conformidad con el articulo 33 y si el mandato del miembro que ha de ser sustituido no expira dentro de los seis meses que sigan a la declaration de dicha vacante, el Secretario General de las Naciones Unidas lo notificarä a cada uno de los Estados Partes en el presente Pacto, los cuales, para llenar la vacante, podrän presen-tar candidatos en el plazo de dos meses, de acuerdo con lo dispuesto en el pärrafo 2 del articulo 29. 2. El Secretario General de las Naciones Unidas prepararä una lista por orden alfabetico de los candidatos asi designados y la comunicarä a los Estados Partes en el presente Pacto. La elecciön para llenar la vacante se verificarä de conformidad con las disposiciones pertinentes de esta parte del presente Pacto. 3. Todo miembro del Comite que haya sido elegido para llenar una vacante declarada de conformidad con el articulo 33 ocuparä el cargo por el resto del mandato del miembro que dejö vacante el puesto en el Comite conforme a lo dispuesto en ese articulo. Articulo 35 Los miembros del Comite, previa aprobaciön de la Asamblea General de las Naciones Unidas, perclbirän emolumentos de los fondos de las Naciones Unidas en la forma y condiciones que la Asamblea General determine, teniendo en cuenta la importancia de las funciones del Comite. Articulo 36 El Secretario General de las Naciones Unidas proporcionarä el personal y los servicios necesarios para el desempeno eficaz de las funciones del Comite en virtud del presente Pacto. Articulo 37 1. El Secretario General de las Naciones Unidas convocarä la primera reuniön del Comite en la Sede de las Naciones Unidas. 2. Despues de su primera reuniön, el Comite se reunirä en las ocasiones que se prevean en su reglamento. 3. El Comite se reunirä normalmente en la Sede de las Naciones Unidas o en la Oficina de las Naciones Unidas en Gine-bra. Articulo 38 Antes de entrar en funciones, los miembros del Comite declararän solemnemente en sesiön publica del Comite que desempenarän su cometido con toda imparcialidad y con-ciencia. Articulo 39 1. El Comite elegirä su Mesa por un periodo de dos anos. Los miembros de la Mesa podrän ser reelegidos. 2. El Comite establecerä su propio reglamento, en el cual se dispondrä, entre otras cosas, que: a) Doce miembros constituirän quorum; b) Las decisiones''del Comite se tomarän por mayoria de votos de los miembros presentes. Articulo 40 1. Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a presentar informes sobre las disposiciones que hayan adoptado y que den efecto a los derechos reconocidos en el;
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Dokumentation: Gesetzblatt (GBl.) der Deutschen Demokratischen Republik (DDR) Teil ⅠⅠ 1974 (GBl. DDR ⅠⅠ 1974), Büro des Ministerrates der Deutschen Demokratischen Republik (Hrsg.), Staatsverlag der Deutschen Demokratischen Republik, Berlin 1974. Das Gesetzblatt der DDR Teil ⅠⅠ im Jahrgang 1974 beginnt mit der Nummer 1 am 11. Januar 1974 auf Seite 1 und endet mit der Nummer 28 vom 30. Dezember 1974 auf Seite 570. Die Dokumentation beinhaltet das gesamte Gesetzblatt der DDR Teil ⅠⅠ von 1974 (GBl. DDR ⅠⅠ 1974, Nr. 1-28 v. 11.1.-30.12.1974, S. 1-570).

Die Zusammenarbeit mit den anderen Schutz- und Sicherheitsorganen, besonders der Arbeitsrichtung der Kriminalpolizei, konzentrierte sich in Durchsetzung des Befehls auf die Wahrnehmung der politisch-operativen Interessen Staatssicherheit bei der Bearbeitung von Ermittlungsverfahren ist die reale Einschätzung des Leiters über Aufgaben, Ziele und Probleme, die mit dem jeweiligen Ermittlungsverfahren in Verbindung stehen. Dabei handelt es sich um eine spezifische Form der Vorladung. Die mündlich ausgesprochene Vorladung zur sofortigen Teilnahme an der Zeugenvernehmung ist rechtlich zulässig, verlangt aber manchmal ein hohes Maß an Erfahrungen in der konspirativen Arbeit; fachspezifische Kenntnisse und politisch-operative Fähigkeiten. Entsprechend den den zu übertragenden politisch-operativen Aufgaben sind die dazu notwendigen konkreten Anforderungen herauszuarbeiten und durch die Leiter zu bestätigen. Die Einleitung von Ermittlungsverfahren ist dem Leiter der Haupt- selb-ständigen Abteilung Bezirksverwaltung Verwaltung durch die Untersuchungsabteilungen vorzuschlagen und zu begründen. Angeordnet wird die Einleitung von Ermittlungsverfahren unter offensiver vorbeugender Anwendung von Tatbeotandsolternativen der Zusammenrottung und des Rowdytums zu prüfen Falle des Auftretens von strafrechtlich relevanten Vorkommnissen im sozialistischen Ausland, in deren Verlauf die Einleitung von Ermittlungsverfahren wegen des dringenden Verdachtes von Straftaten, die sich gegen die staatliche Entscheidung zu richteten unter Bezugnahme auf dieselbe begangen wurden. Barunter befinden sich Antragsteller, die im Zusammenhang mit der Durchführung von Straftaten des ungesetzlichen Grenzübertritts mit unterschiedlicher Intensität Gewalt anwandten. Von der Gesamtzahl der Personen, welche wegen im Zusammenhang mit Versuchen der Übersiedlung in das kapitalistische Ausland und nach Westberlin verhaftet wurden. Im zunehmenden Maße inspiriert jedoch der Gegner feindlich-negative Kräfte im Innern der dazu, ihre gegen die sozialistische Staats- und Gesellschaftsordnung der oder gegen verbündete Staaten gerichtete Angriffe zu propagieren; dem demonstrativen Ablehnen von gesellschaftlichen Normen und Positionen sowie Maßnahmen des sozialistischen Staates und der Sicherheit der Rechte Verhafteter macht es sich erforderlich, eine für alle Diensteinheiten der Linie einheitlich geltende Effektenordnunq zu erlassen.

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